Se modifica la nueva Ley de Seguridad Aérea
El pasado 12 de abril, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la modificación del Artículo 18 de la Ley 1/2011 de 4 de marzo, que modifica la Ley 21/2003 de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Con esta nueva redacción, se incluye a los profesionales aeronáuticos como fuente de información de carácter reservado que debe protegerse según lo establecido en el Programa Estatal de Seguridad Operacional. Se garantiza así que la información suministrada por los pilotos en el marco de la operación no podrá difundirse ni usarse para otro fin que no sea el del Programa.
Hasta ahora, los profesionales aeronáuticos no estaban incluidos en el artículo, a pesar de ser ellos los actores principales de la operación y, por tanto, fuente de información imprescindible. Esta exclusión sólo conseguía desincentivar el suministro de información por parte de los pilotos, ya fuera mediante los reportes, notificaciones o incluso avisos por voz. Por ello, desde la aprobación de la Ley el pasado 4 de marzo, SEPLA había estado demandando un cambio en este sentido, para lo que ha estado manteniendo importantes reuniones con representantes políticos, concienciándoles de la necesidad de proteger la confidencialidad de la información aportada por los pilotos.