FDTL – El sector de los helicópteros, totalmente desamparado
El tema de las limitaciones de actividad en el sector de los helicópteros está totalmente desamparado por la Autoridad, y es un claro factor contribuyente a la fatiga y a la alta siniestralidad.
Desde SEPLA venimos reclamando que se cumpla el RD 294/2004 sobre el máximo de 2.000 horas de trabajo al año.
Pero, mientras vemos cómo la Autoridad aeronáutica publicaba el pasado 17 de diciembre una circular sobre las Limitaciones de Tiempos de Vuelo y Actividad y Requisitos de Descanso “solo” para las tripulaciones de avión en Tte. Aéreo Comercial, limitando claramente a 2.000 las horas máximas anuales de trabajo, a los pilotos de helicóptero se les obligaba a lo que se ”negocie” en el Convenio Sectorial, y se les sigue aplicando hasta 44 días seguidos a 12 horas diarias de actividad en el Anexo 1 de la CO 16B.
En la subparte Q de las JAR OPS 3, para las operaciones CAT y HEMS, publicadas bajo la Orden FOM/2198/2010 nos encontramos un lacónico “Reservado”. Sin más.
A todo esto hay que añadir la nula supervisión, por parte de AESA, sobre la actividad real de los pilotos de helicóptero en España.
Con la ayuda de todos los afiliados, desde SEPLA seguiremos luchando para que nuestras Autoridades y los Operadores tomen conciencia de la gravedad de su dejación en este tema.