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Aviación

Restricciones para el uso de drones recreativos en ciudades

Recordamos las actuales restricciones que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea establece para el uso de drones recreativos en zonas urbanas.

  • Sólo se podrá volar fuera de espacio aéreo controlado, FIZ (Zona de Información de Vuelo) y ATZ (zona de tránsito de aeródromo), y siempre a más de 8 kilómetros de cualquier aeropuerto. Por eso, la denuncia de Madrid es más que justificada, ya que se trata de un espacio aéreo controlado.
  • No se puede sobrevolar aglomeraciones de edificios ni reuniones de personas, y se debe mantener una distancia adecuada a obstáculos, sin poner en riesgo la seguridad de personas y bienes.
  • El vuelo se hará de día, en condiciones meteorológicas de vuelo visual, dentro del alcance visual del piloto y dando prioridad a las demás categorías de aeronaves.
  • El vuelo se realizará hasta 120 metros de altura sobre el terreno o sobre el obstáculo más alto situado en un radio de 150 m desde el RPA.
  • Con RPA de hasta 250 g de peso se pueden sobrevolar aglomeraciones de edificios y reuniones de personas hasta una altura máxima de 20 metros, manteniendo el resto de condiciones anteriores.
  • En todos los casos, el Ministerio de Transporte -y, en ocasiones, Defensa- es la única autoridad competente sobre el espacio aéreo. Aunque tengas el visto bueno del alcaldepara sobrevolar un ayuntamiento o de tu vecino para volar sobre su casa, el permiso final depende solo de AESA.