Restricciones para el uso de drones recreativos en ciudades
Recordamos las actuales restricciones que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea establece para el uso de drones recreativos en zonas urbanas.

- Sólo se podrá volar fuera de espacio aéreo controlado, FIZ (Zona de Información de Vuelo) y ATZ (zona de tránsito de aeródromo), y siempre a más de 8 kilómetros de cualquier aeropuerto. Por eso, la denuncia de Madrid es más que justificada, ya que se trata de un espacio aéreo controlado.
- No se puede sobrevolar aglomeraciones de edificios ni reuniones de personas, y se debe mantener una distancia adecuada a obstáculos, sin poner en riesgo la seguridad de personas y bienes.
- El vuelo se hará de día, en condiciones meteorológicas de vuelo visual, dentro del alcance visual del piloto y dando prioridad a las demás categorías de aeronaves.
- El vuelo se realizará hasta 120 metros de altura sobre el terreno o sobre el obstáculo más alto situado en un radio de 150 m desde el RPA.
- Con RPA de hasta 250 g de peso se pueden sobrevolar aglomeraciones de edificios y reuniones de personas hasta una altura máxima de 20 metros, manteniendo el resto de condiciones anteriores.
- En todos los casos, el Ministerio de Transporte -y, en ocasiones, Defensa- es la única autoridad competente sobre el espacio aéreo. Aunque tengas el visto bueno del alcaldepara sobrevolar un ayuntamiento o de tu vecino para volar sobre su casa, el permiso final depende solo de AESA.