Menú

Profesión | Aeronáutico | Legal

Sobre el cambio en los requisitos para ser comandante

3 de febrero de 2021.

Recientemente, Sepla ha tenido conocimiento del cambio en el artículo 59 de la Ley de Navegación Aérea, que reduce los requisitos para ser comandante estableciendo que “el comandante de la aeronave es la persona designada por el operador para estar al mando y encargarse de la realización segura del vuelo”. Este cambio elimina la edad mínima de 25 años o el ser nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea como requisitos imprescindibles para comandar un avión.

Esta modificación se incorporó a través del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, por el que “se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras la finalización del periodo transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 31 de enero de 2020. La nueva redacción se hizo sin consultar de manera previa a los organismos de representación de los pilotos, por lo que su publicación ha pasado desapercibida hasta ahora”.

Sepla se ha puesto en contacto con la Dirección General de Aviación Civil para expresar su preocupación por las implicaciones que este cambio normativo pueda tener sobre la seguridad aérea y sobre la profesión de piloto, ya que modifica de manera drástica la regulación de la figura del comandante. Sepla expresó también su desconcierto sobre la forma en que este cambio normativo se ha llevado a cabo ya que, a pesar de su trascendencia y su evidente impacto directo sobre la profesión de piloto, se ha hecho sin consulta previa a los representantes de este colectivo profesional.

Atendiendo a su solicitud, la DGAC ha convocado para esta semana una reunión de carácter urgente para tratar este asunto, con el objetivo de solventar esta situación y consensuar entre las partes una redacción definitiva del artículo 59.

Entre tanto, el Consejo de Ministros aprobó ayer el Anteproyecto de Ley por el que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. Se abre ahora un proceso de consulta con las partes interesadas, en el que Sepla estará presente para opinar y emitir los informes técnicos necesarios de modo que articulación legal sobre la figura del comandante se atenga a su cualificación técnica necesaria para ejercer la plena responsabilidad sobre el vuelo con las mayores garantías.