Menú

Económica

¿Qué pasa con mi prestación?

Recordamos los aspectos clave de la prestación por desempleo ante la avalancha de solicitudes y el colapso que sufre el Servicio Público de Empleo Estatal

Asesoría Económica Sepla

7 de mayo de 2020.

La cantidad de despidos -y despidos temporales- que se han producido durante los meses de marzo y abril han producido una saturación de las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, que está prestando sus servicios de manera telemática. El propio SEPE ha informado de que el colapso del servicio producido por la avalancha de solicitudes ha impedido que los trabajadores puedan cobrar a partir del pasado 10 de abril la prestación correspondiente al mes de marzo.

De manera habitual, el SEPE ordena el pago de la prestación por desempleo el día 10 del mes posterior, por lo que es posible que se pueda retrasar unos dos o tres días dependiendo del calendario y de las entidades bancarias intervinientes. Fuentes del Ministerio de Trabajo han explicado que, gracias a acuerdo con las entidades bancarias, se anticiparán los pagos atrasados para que sean efectivos antes del próximo 10 de mayo.

¿Cuánto me corresponde?

Consideraciones previas:

• La cantidad de la prestación equivale a un 70% de la Base Reguladora de tu cotización a la Seguridad Social durante los 180 días anteriores al ERTE o, en su defecto, del período inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo.

• Por causa del coronavirus, podrá optarse a la prestación por desempleo sin importar si has estado cotizando durante menos de un año antes del ERTE.

• No se tienen en cuenta las cotizaciones por horas extras.

• Sea cual sea el resultado de tu cálculo, has de saber que existen unos mínimos y máximos en las cuantías:

o Sin cargas familiares: cobrarás entre 501,8 € y 1.098,09 € al mes.

o Con hijos: cobrarás entre 671,4 € y 1.411,83 € al mes.

Cálculo del importe de la prestación:

• Busca en las nóminas de los últimos 6 meses el importe de la casilla “Base de cotización” o “Base SS”.

• Súmalas

• Divide entre 6

• Multiplica ese valor por 0,7

Ese importe es lo que la Seguridad Social aporta para el trabajador.

Algunas empresas optan por aportar el resto del dinero que percibía el trabajador, pero como sabéis, no están obligado a hacerlo.

¿En qué estado se encuentra mi prestación?

Por último, si se dispone de certificado digital, clave o DNI electrónico, se puede acceder a verificar el estado de la prestación en el siguiente enlace:

https://sede.sepe.gob.es/ConsultaPrestacionesAAWWeb/AccesoConsultaAction.do