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Los afectados por ERTES no deberán solicitar la prestación por desempleo

El SEPE tramitará de oficio todas las solicitudes, previo anuncio por parte de la empresa afectada

Los trabajadores afectados por un ERTE no deberán realizar ningún trámite para solicitar las prestaciones por desempleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).Así lo ha anunciado este organismo esta misma semana, tras sufrir una avalancha de solicitudes telemáticas que colapsaron su web durante varias horas.Será la propia empresa que solicite un ERTE quien solicite la prestación, de forma colectiva, en nombre de sus trabajadores. A partir de ahí, el SEPE actuará de oficio para iniciar los trámites para la prestación.

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Además, recordamos otras medidas extraordinarias aprobadas por el Consejo de Ministros para hacer frente a esta situación temporal:

  • Se han suspendido los plazos en la presentación de solicitudes y no se recortan los derechos por presentar solicitudes fuera de plazo.
  • Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs).

Para los perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo:

  • Durante este período, las demandas de desempleo permanecerán en alta sin necesidad de acudir a la oficina del SEPE a renovarla.
  • No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio. El pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
  • No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.

Para los trabajadores en situación de desempleo no motivada por un ERTE

Por último, se recuerda que las oficinas del SEPE están cerradas al público, pero se sigue trabajando en ellas y se ha ampliado el horario de atención telefónica que pasas a ser de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00. Más información aquí