Inspección de Trabajo falla a favor de Sepla frente a Babcock
Cuatro delegaciones provinciales constatan que Babcock no realiza el registro de jornada obligatorio por ley en las bases aéreas del servicio de Aduanas que la Agencia Tributaria tiene en Algeciras, Almería, Vigo y Murcia.

17 de diciembre de 2020.
Babcock no elabora los registros de jornada obligatorios de los pilotos que trabajan para el servicio de Aduanas de la Agencia Tributaria en Algeciras, Almería, Vigo y Murcia. Así lo han determinado las delegaciones de la Inspección de Trabajo de sus respectivas provincias, tras la pertinente denuncia hecha por Sepla hace un año. Varios pilotos habían alertado al sindicato sobre que Babcock no apuntaba las horas trabajadas en estas bases, con lo que era imposible registrar un cómputo de horas en base al cual calcular la actividad de los pilotos.
Las denuncias hechas por la Asesoría Jurídica a finales de 2019 de Sepla se resuelven con estas cuatro resoluciones, que en todos los casos consideran el hecho una “infracción administrativa en materia laboral, tipificada como GRAVE”, e inician diversos procedimientos sancionadores contra la empresa, a la vez que la urgen a restaurar con carácter inmediato dicha anomalía.
El registro de jornada laboral del trabajador es una obligación legal para el empresario, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, según el cual “la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora”. La empresa deberá conservar estos registros durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Esta resolución se trata de una nueva victoria de la Asesoría Jurídica de Sepla en lo que respectaa la salvaguarda de los derechos de los pilotos de Babcock. La última, en febrero de este año, también fue relativa al servicio de Aduanas, cuyos servicios mínimos en la huelga llevada a cabo en la primavera de 2019 fueron declarados nulos, por abusivos, por parte de la Audiencia Nacional y previa denuncia de Sepla. Apenas dos meses antes, la Justicia de Extremadura declaró igualmente nulos los servicios mínimos decretados en esa misma huelga, en este caso para los servicios de emergencias.