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AESA explica los controles de alcoholemia y de sustancias psicoactivas a las tripulaciones aéreas
• Si no pudiste asistir en directo al Webinar sobre controles de alcoholemia impartido por AESA, te lo facilitamos aquí

18 de marzo de 2021.
El jueves pasado tuvo lugar el primer Webinar de este año, en el que Sepla invitó a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para hacer una exposición a los pilotos españoles sobre la forma en que se está implementando desde el 14 de febrero el Reglamento (UE) 2018/1042 por el que se instauran controles aleatorios de alcoholemia por parte de las autoridades aeronáuticas de los Estados de la Unión Europea a las tripulaciones aéreas, entre otras medidas de salud laboral.
En concreto, este Webinar contó con la participación de dos representantes de AESA: Juan Martín, jefe de servicio de inspecciones en rampa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y Francisco Ríos, jefe médico asesor de AESA. El simposiofue posible gracias a la inestimable colaboración del Banco Santander.
Martín quiso explicar los tipos y la metodología de los controles que se van a realizar en el marco de las inspecciones en rampa, que se hacen después de firmas, con la tripulación en servicio, y en un lugar dentro de la aeronave que respete los principios de discreción y privacidad. También mostró los aparatos con que se llevan a cabo estas pruebas y explicó el tratamiento posterior de los datos.
Igualmente, el jefe de servicios de inspecciones en rampa detalló el tratamiento de los datos en casos de positivo, el nivel de alcoholemia a partir del cual se considera como tal, y la implicación de AESA en esos casos.
Por su parte, Francisco Ríos, Jefe Médico Asesor AESA centró su intervención en los programas de pruebas toxicológicas que debe aplicar el operador para la prevención y detección del abuso de este tipo de sustancias. Dichos programas se deben incluir en los manuales de operaciones de la compañía, y serán supervisados por la propia Autoridad Aeronáutica para que se ciñan a parámetros de objetividad, transparencia y no discriminación.
Ríos explicó los casos en los que el operador debe realizar estas pruebas, que están claramente delimitados: deberá hacerlos en el momento de la contratación, y en casos de sospechas fundadas de positivo, siempre con la debida justificación. También se deberán hacer en casos de accidente o incidente grave. Además, podrá plantearse la posibilidad de hacerlos como parte de un seguimiento médico tras la reincorporación al trabajo de un tripulante.
Ambos ponentes contestaron una a una las preguntas de los afiliados a Sepla, que centraron sus inquietudes en las garantías que se facilitan para solicitar una segunda prueba para contrarrestar un posible falso positivo.
Puedes ver el Webinar completo en el vídeo que hay más abajo.